domingo, 12 de junio de 2011

RESPUESTA CASOS

LOS QUE HAYAN TENIDO EL INTERES Y LA MOLESTIA DE RESOLVER LOS CASOS ENVIENME SUS RESPUESTAS AL CORREO hugrojauregui@gmail.com y se los devolvere con las indicaciones respectivas nos vemos en el examen

martes, 7 de junio de 2011

PARA QUE PRACTIQUEN

Carmen Ileana, una profesional de 32 años que empieza a estudiar equitación, acepta la invitación de un Magnate Mexicano llamado Guillermo Sapo Guzmán y va a su finca en el interior del peten, motivada por el hijo de ese Hector, Carmen sale a las seis de la tarde a cabalgar en un antiguo camino vecinal cuando de pronto su caballo al observar una masacuata se asusta y sale corriendo desfrenadamente atropellando a Pedro y Maria que se besaban en un arbusto cercano a la vereda. Producto de los golpes Pedro pierde la vista y Maria el habla, por lo que se acusa a Carmen de Lesiones culposas articulo 150 del Código Penal

5. Existe un comportamiento penalmente relevante departe de el DR.










Fundamento Legal:

6. Que tipo o tipo penal es el que se le imputa al Carmen Ileana










Fundamento Legal

7. A que etapa del Iter criminis llega el o los delitos cometidos








Fundamento Legal

9. Existirá algún error en el presente caso







Fundamento Legal

10. Que alegaría en defensa del Dr..




Fundamento Legal:



En la noche del 2 de septiembre de 1992, en Estanzuela, Zacapa, y hallándose ausente su marido, Alicia G. se entrevistó con su amante Román S. en el domicilio del matrimonio. Inesperadamente se presentó su esposo, Julio M., que sorprendió a Román escondido en la casa. Se produjo una reyerta durante la cual Román dio varios puñetazos a Julio, incluso cuando ya se encontraba caído en el suelo y trataba de incorporarse. Román le causó a Julio varias lesiones, siendo la más grave de ellas una fractura en forma de Y en el frontal izquierdo que se irradiaba hasta a base del cráneo interesando la zona óptica izquierda; no siendo, sin embargo, ninguna de estas lesiones causantes de la muerte de Julio, que se produjo más tarde. Al oír el ruido de la pelea, acudió Alicia, que tapó la boca de su marido, que se encontraba debajo de Román, para que no continuara gritando en demanda de auxilio. A petición de Román, Alicia trae una cuerda que utilizaba como tendedero, la coloca debajo del cuello de su marido y da un tirón, produciéndole en el cuello un surco superficial. En este momento Julio quedó inconsciente y, aunque siguió respirando con estertores cada vez más espaciados y sus músculos estaban en total laxitud, ambos procesados convencidos de que estaba muerto, decidieron simular el suicidio de Julio. Para ello trasladó Román el cuerpo de Julio hasta el centro del portal, debajo de una viga donde había una argolla, hizo un nudo corredizo en la cuerda, pasando un extremo de ella por la argolla y el lazo del otro extremo fue pasado por el cuello de su marido por Alicia, izando el cuerpo entre los dos, produciéndose entonces la muerte de Julio a consecuencia de asfixia por suspensión..

1. Existe una acción penalmente relevante en el presente caso.






2. Es típica la acción cometida por EL ASALTANTE




3. Es antijurídica la acción realizada por EL ASALTANTE o existe alguna causa de justificación





4. A que etapa llego el iter criminis en el presente caso





4. Podría alegar alguna eximente de responsabilidad penal en el presente caso





CASO 2

Francisco y Mariano, están decididos a acabar con la vida de su tío abuelo Marvin Pérez, por lo que, sabiendo su debilidad por los pasteles frios, compran uno y lo inyectan con un poderoso veneno, y juntos lo van a ver a su residencia ubicada en Ciudad Aguacalor en Mazatenango y le dejan el pastel sabiendo que el anciano vive solo. Una hora después de que se marcharan y que don Marvin se decidiera a comer su pastel, llegan a verlo tres jóvenes vecinas apodadas las tres mosqueteras, quienes en un acto humanitario le visitaron, el las convida a pastel y los cuatro comen, pero solo Don Marvin sobrevive. Días después son capturados y se le imputa el delito Asesinato por veneno Art. 132

1. Existe alguna acción penalmente relevante en el presente caso indique cual y por que:





2. A que etapa del iter criminis llega el o los delitos cometidos







3. Si el defensor alegara que solo llevar el pastel es un acto preparatorio y por lo mismo impune que resolvería usted.






4. Que clase de tipo penal es el que se le imputa a los dos primos:







5. Es antijurídica la acción de Francisco y Mariano:

ESQUEMA DELITO DE LESIONES DOLOSAS

ESQUEMA DELITO DE LESIONES DOLOSAS
FUENTE: MODULO DE DERECHO PENAL II, HUGO JAUREGUI